martes, 23 de agosto de 2011

SIC Pone en cintura a empresas de servicios públicos domiciliarios que prestan servicios de crédito y financiación.

La Superintendencia de Industria y Comercio ha impuesto 38 sanciones a empresas de servicios públicos domiciliarios que prestan servicios de crédito y financiación en todo el país por abusos que cometen en contra de los consumidores y usuarios.  Las conductas más recurrentes que ha encontrado la Superintendencia son las siguientes:
1. Crear una solidaridad inexistente entre el propietario y arrendatario del bien inmueble por deudas contraídas por este último.  Si bien el Decreto 828 de 2007 permite que los arrendatarios de bienes inmuebles tomen créditos que pueden ser cargados a las facturas de los servicios públicos, una vez los arrendatarios entregan el inmueble los propietarios siguen recibiendo las facturas con las cuotas y los obligan ir mes a mes a las empresas de servicios públicos a que les separen las cuentas, lo que en la práctica se les convierte en una responsabilidad solidaria con el arrendatario. 
La Superintendencia ha establecido que no retirar los cobros de las facturas cuando el propietario del inmueble le informa a la empresa de servicios públicos que el arrendatario ya no habita en ese lugar, constituye una falla en la prestación del servicio y por tanto se imponen las sanciones de ley y se ordena corregir la facturación.
2. La segunda falta reiterada que comenten las empresas en contra de los usuarios es la reestructuración de las deudas sin su autorización.  Estas reestructuraciones representan para las empresas más cuotas que deben pagar los usuarios y más intereses que reciben por los dineros colocados. 
La Superintendencia ha impuesto sanciones individuales de hasta 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes (23 millones de pesos) por esta práctica ilegal.
3. También ha encontrado la Superintendencia que se ha vuelto costumbre en algunas empresas no atender adecuadamente las reclamaciones de los usuarios y que solamente actúan cuando éstos presentan reclamación ante la Superintendencia.  Esta conducta también ha sido sancionada drásticamente. (fuente:http://www.sic.gov.co/index.php?idcategoria=22680&ts=43fa7f58b7eac7ac872209342e62e8f1)

miércoles, 10 de agosto de 2011