viernes, 4 de agosto de 2017




Obra recomendada con temas de derecho del consumo:


  Presentamos a la comunidad académica la obra colectiva “Escritos de Derecho Privado Contemporáneo, Contratos, Responsabilidad y Mercado en el siglo XXI” en la cual autores de diferentes nacionalidades nos aproximan a temas de vanguardia en el derecho privado tales como el derecho de los contratos internacionales, el derecho del consumo y de la competencia, entre otros.




miércoles, 2 de agosto de 2017

¿Debe prohibirse la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes?
 

Cursa actualmente en el Congreso de Colombia un proyecto de Ley para regular la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes en el cual se propone su prohibición total. Dice el proyecto: “Se prohíbe todo mensaje publicitario tendiente al posicionamiento de marca en horarios infantiles o en medios destinados a niños niñas o adolescentes.”

La regulación de la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes en un tema que ha cobrado importancia paulatinamente en el contexto global. Esto hace parte de una evolución en la regulación de las prácticas comerciales, que como la publicidad, primero le fueron indiferentes al derecho y posteriormente se ha hecho palpable la necesidad de que el Estado intervenga este tipo de actividades, dentro de márgenes de equilibrio y primacía del bien común sobre intereses particulares. En países desarrollados este tema ya se encuentra regulado, primero en países escandinavos y luego en otras latitudes, por ejemplo en Brasil más recientemente. Debe destacarse que la autorregulación, es decir, los códigos de buenas prácticas y ética de los anunciantes y publicistas fueron pioneros en el control de este tipo de conductas, y el código de autorregulación publicitaria colombiano de 2013 se ocupó del tema. No obstante, la autorregulación no es ni será suficiente en el control de estas prácticas, ya que siempre será más disuasiva una regulación legal apropiada del tema. 

Así las cosas, asumir esta discusión en el contexto colombiano es una buena noticia para la sociedad, ya que la protección de los intereses superiores de los niños, niñas y adolescentes es de vital importancia en el contexto de la nación. Recordemos que convencionalmente Colombia ha adherido a tratados e instrumentos jurídicos internacionales que promueven la protección de este tipo de intereses.

Debe agregarse que los niños, niñas y adolescentes son considerados consumidores “hipervulnerables”, es decir, consumidores que acusan un mayor grado de vulnerabilidad que un consumidor promedio, por lo tanto las normas que los protegen deben ir un poco más allá del esquema de protección habitual que establecen las normas de protección al consumidor. La Ley 1480 de 2011 los considera un grupo especial de consumidores y el decreto 975 de 2014 refuerza el nivel de información y el carácter de las menciones que deben hacerse a este público especial de consumidores. Esto quiere decir que en Colombia hoy en día está permitida la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes con unos controles que por lo menos en el papel son más acentuados. El proyecto de Ley propone un salto que implicaría una prohibición total de este tipo de publicidad, tal y como se hace en Brasil y en algunos países como Dinamarca.

A pesar de que la finalidad es loable y en una audiencia pública de fecha reciente en la Cámara de Representantes se evidenció  el respaldo de varias entidades como el ICBF y el Ministerios de Educación al Proyecto, así como de grupos de la sociedad civil como Ligas de Consumidores, la academia y ONGs, el proyecto tiene algunas deficiencias que debe ser corregidas para que verdaderamente cumpla esa función de proteger a los niños, niñas y adolescentes como consumidores. Se destaca entre estas que el proyecto propone un aumento de la información en el etiquetado de alimentos que si bien es útil para los padres, para los niños no cumple una función de protección pues estos se basan en la publicidad y no en los etiquetados para tomas decisiones de consumo. Se debería regular la publicidad de alimentos y especialmente comida chatarra dirigida a estos grupos. Igualmente se evidencia que el proyecto no establece cómo se controlará este tipo de publicidad en  medios de comunicación que utilizan los niños y adolescentes y en los cuales están expuestos a publicidad, por ejemplo, youtube, netflix y similares, canales infantiles de tv por cable, etc. Tampoco el proyecto es claro sobre quién controlará y sancionará la omisión a esta prohibición y quienes de los involucrados en el proceso además del anunciante deben responderé por esas infracciones. Estos y otros aspectos más puntuales se pusieron de manifiesto a los autores del proyecto.

Se debe recalcar que los ponentes de este proyecto, a quienes felicitamos por su iniciativa en pro del interés común de los niños, niñas y adolescentes como consumidores colombianos, no se han inventado nada, simplemente están recogiendo las tendencias modernas de regulación para traerlas a nuestro ordenamiento jurídico. Tal vez el proyecto que hoy se discute, y esperamos tenga buen término, sea un buen punto de partida para lograr una regulación realista y adecuada a las necesidades del contexto colombiano. Colombia es una sociedad de libre mercado, y como tal necesita un sistema de pesos y contrapesos efectivo, bienvenida la reglamentación de estos temas. No obstante, cada punto debe ser necesariamente evaluado, la prohibición total es de recibo siempre y cuando sea efectiva, responda a las verdaderas necesidades de la sociedad y los controles estén bien establecidos para que no se quede en el mero papel.  El proyecto tiene vacíos que pueden afectar su eficacia práctica, por lo tanto sugerimos una revisión completa del texto.

Juan Carlos Villalba Cuéllar.